Aunque recientemente la mayoría de los ciudadanos del Reino Unido han decidido salirse de la Unión Europea, y a pesar de que la mayoría de los políticos europeos parece que quieren que se haga rápido, no va a ser algo instantáneo, pero los canales de televisión que emiten en TDT ya están planificando como les puede afectar.
La razón es muy sencilla, en el momento que se haga efectivo el Brexit el Reino Unido y todas sus producciones audiovisuales pasarán a ser consideradas extracomunitarias (salvo si hay acuerdo explícito bilateral que diga lo contrario). Pero además, hay que sumarle las posibles tasas que deba pagarse por la adquisición de formatos británicos, y estamos hablando que por muy pequeñas que sean son decenas de miles de euros por un mínimo porcentaje.
Y como recoge la Ley G. A. de 2010 que sigue en vigor aunque con algunas modificaciones, esta salida de Gran Bretaña del marco comunitario puede afectar claramente a la programación.
Artículos de la Ley General Audiovisual 2010 que hacen referencia a esto:
Lo primero es saber que se consideran producciones europeas o comunitarias:
«12. Obras europeas.
Se consideran obras europeas:
a) Las obras originarias de los Estados miembros; y las obras originarias de terceros Estados europeos que sean parte del Convenio Europeo sobre la Televisión Transfronteriza del Consejo de Europa, siempre que las obras de los Estados miembros no estén sometidas a medidas discriminatorias en el tercer país de que se trate.
Se considera obra originaria la realizada esencialmente con la participación de autores y trabajadores que residan en uno o varios Estados de los mencionados en el párrafo anterior. Siempre que, además, cumpla una de las tres condiciones siguientes: que las obras sean realizadas por uno o más productores establecidos en uno o varios de dichos Estados; que la producción de las obras sea supervisada y efectivamente controlada por uno o varios productores establecidos en uno o varios de dichos Estados; que la contribución de los coproductores de dichos Estados sea mayoritaria en el coste total de la coproducción, y ésta no sea controlada por uno o varios productores establecidos fuera de dichos Estados.
b) Las obras coproducidas en el marco de acuerdos relativos al sector audiovisual concertados entre la Unión Europea y terceros países que satisfagan las condiciones fijadas en los mismos, siempre que las obras de los Estados miembros no estén sometidas a medidas discriminatorias en el tercer país de que se trate.
c) Las obras que no sean europeas con arreglo al apartado a), pero que se hayan producido en el marco de tratados de coproducción bilaterales celebrados entre los Estados miembros y terceros países, siempre que la contribución de los coproductores comunitarios en el coste total de la producción sea mayoritaria y que dicha producción no esté controlada por uno o varios productores establecidos fuera del territorio de los Estados miembros.»
Esto hacía que canales como Clan, Disney Channel, Ten, Discovery Max, Mega, Energy, entre otros tuvieran multitud de contenidos considerados europeos por la sencilla razón de que había co-producción del Reino Unido (en productos básicamente norteamericanos) o bien que se registraran allí para facilitar su distribución internacional. Además, de las obras audiovisuales producidas exclusivamente en el Reino Unido.
Lo que nos lleva a la regulación de emisiones:
«Artículo 5. El derecho a la diversidad cultural y lingüística.
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Para la efectividad de este derecho, los prestadores del servicio de comunicación televisiva de cobertura estatal o autonómica deben reservar a obras europeas el 51% del tiempo de emisión anual de cada canal o conjunto de canales de un mismo prestador con exclusión del tiempo dedicado a informaciones, manifestaciones deportivas, juegos, publicidad, servicios de teletexto y televenta. A su vez, el 50% de esa cuota queda reservado para obras europeas en cualquiera de las lenguas españolas. En todo caso, el 10% del total de emisión estará reservado a productores independientes del prestador de servicio y la mitad de ese 10% debe haber sido producida en los últimos cinco años.
Los prestadores de un catálogo de programas deben reservar a obras europeas el 30% del catálogo».
En resumidas cuentas, lo que viene a decir es que el 51% de la programación que emitan en TDT a nivel nacional o autonómico los canales de televisión en abierto debe proceder de producción o co-producción mayoritariamente europea. Y si no se cumpliera en márgenes de más de un 10% incurrirían en faltas muy graves como lo expresa el Artículo 57 de la Ley.
«Artículo 57. Infracciones muy graves.
Son infracciones muy graves:
3. El incumplimiento en más de un diez por ciento de los deberes de reservar el porcentaje de tiempo de emisión anual destinado a obras europeas y de financiación anticipada de la producción europea de películas cinematográficas, películas y series para televisión, así como documentales y películas y series de animación, establecidos en los apartados 2 y 3 del artículo 5.»
En principio no cumplir o tener infracciones muy graves de manera constante o reiterada lleva a que pueda ser retirada la licencia de emisión (cierre del canal).
Que quiere decir esto, pues algo muy sencillo, y es que por ejemplo en Clan, que ya incumple sobradamente esta normativa y eso que es un canal público, los dibujos animados como «Peppa Pig», «El pequeño reino de Ben y Holly» ( y otros que han estado emitiendo y que ya no lo hacen), se sumarían a la programación extracomunitaria («los pingüinos de Madagascar» (EEUU), «The new looney toons» (EEUU), «Tom y Jerry»(EEUU), «La patrulla canina» (Canadá), «Bob Esponja» (EEUU), «Scooby-Doo» (EEUU), «Supah Ninjas» (EEUU), «Blaze and the monster machines» (EEUU), «Kate and Mim Mim» (Canadá), «Super Wings» (Corea del Sur), «Ella la elefanta» (Canadá), «George de la jungla» (EEUU), y muchos más que han estado emitiendo). Es decir, en la actualidad Clan está lejísimo de ese 51% comunitario, depende de la temporada pero normalmente roza el 25% si llega, y con el Brexit bajará a niveles de 15% posiblemente. Aunque conviene recordar que Clan también tiene producto nacional como Los Lunnis, o Pocoyo entre otros.
*Peppa Pig pasará a ser extracomunitaria.
En el caso de Disney Channel, llama la atención que es menor que Clan el porcentaje de emisión de productos extracomunitarios, pero en algunos casos se aprovechaban de un truco legal, y es que muchas de las producciones Disney están registradas o distribuidas por su sucursal del Reino Unido, lo que permitía que fueran consideradas comunitarias en algunos casos, aunque todo lo que rodea el universo «Star Wars» y sus versiones siguen siendo de origen norteamericano al igual que muchas sitcoms teens que emiten, y otros pocos dibujos animados, y otros dibujos como «Ninja Hattori» de origen japonés, «Campamento Lakebottom» canadiense. En cambio y como se decía tienen mucha programación francesa y comunitaria «Chicostra», «PJ Mask» entre otros, además por apuestas de emisión de producto co-producido en España como «Fenómeno Fan» o el mítico programa «Art Attack» y algunos más. Caso similar le sucede a Boing, que también apuesta por la producción Española en programas innovadores con participación del propio espectador, pero que la mayoría son de Turner. Ambos canales tienen están en una media del 30 al 35% de comunitario de media, aunque en ocasiones puntuales a veces consiguen llegar a ese 51%.
Mismo problema se encuentra Discovery Max y Ten sobre todo, donde su programación es básicamente norteamericana («Las Kardashians», «LA Vintage», «Millonario busca esposa», «Hackea tu vida», «Deal with it», «Te vendo tu mansión», etc..) o británica («El peor conductor» (Canadá-UK), «La Isla de Bear Grylls»), y con cuentagotas aparecen programas nacionales («Anda ya», «Ten News»,) o comunitarios (además de los del Reino Unido) aunque esperan en un horizonte cercano empezar con adaptaciones españolas por lo que es muy posible que pasen de un 20% actual al 51%. Discovery con la apuesta de su producción propia de documentales o adaptaciones españolas hay meses que se encuentra más holgado llegando a acercarse al 51% de producción comunitaria (eso sí contando las del Reino Unido), aunque actualmente está en 20%, pero en el momento que sea efectivo el Brexit se encontrará en un grave problema.
Un poco menos lo pueden sufrir canales como Mega, Energy, Antena 3 (ojo que los fines de semana con todo el cine pueden llegar a rozar cuotas peligrosas), Cuatro y La Sexta. Estos canales a día de hoy normalmente superan la cuota mínima sin problemas, pero en algunos días concretos con la ficción tanto seriada como el cine bajan a rozar los límites legales.
De todas formas si con los casos de los canales de animación e infantiles, Ten y Discovery Max, no ha actuado la administración y ha hecho la vista gorda, o bien se han utilizado los registros de distribución o doblaje (no de producción) para convertir obras en comunitarias, no tiene por qué pasar nada cuando ocurra el Brexit. Ahora bien si se llevara a cabo un seguimiento de verdad y se pusiera en marcha el convenio sancionador a quien no cumpliera el porcentaje estaríamos hablando de otra cosa, posiblemente con el Brexit sería más preocupante.